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En Colombia

Los colombianos podrán llevar primero el apellido de la madre cumpliendo una serie de requisitos

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La ‘Ley Aluna’ vigente desde el 6 de agosto del presente año, permitirá que los colombianos puedan llevar primero el apellido de la madre. La autora del proyecto María José Pizarro, indicó que a través de esta iniciativa lo que se busca es reconocer el rol de las madres y su labor en los cuidados de los hijos.

“De ahora en adelante las parejas podrán acordar el orden de los apellidos de sus hijos al momento de su registro. Es un acto para promover la igualdad entre los roles que ejercen tanto el padre como la madre”, dijo en su momento la autora del proyecto.

La ley establece que en el registro civil de nacimiento se inscribirán con el primer apellido de la madre y el primer apellido del padre, en el orden que decidan de común acuerdo, de no llegar a un consenso, será el registrador el que decida.

Esta ley aplicará solo para los bebés que nazcan a partir del 6 de agosto.


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