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En Colombia

No más castigo físico a menores de edad

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Los correazos, bofetadas, ‘chancletazos’ y toda forma para reprender a los menores en las que se utilice el castigo físico quedaron definitivamente prohibidas en Colombia.

Así quedó establecido luego de que el Congreso de la República aprobara en último debate un proyecto de ley que reforma el artículo 262 del Código Civil Colombiano en el que se establece que «los padres o la persona encargada del cuidado personal de los hijos, tendrá la facultad de vigilar su conducta, corregirlos y sancionarlos moderadamente».

Lo anterior indica que actualmente el Código Civil autoriza el uso de “la palmadita” y el “chancletazo” para la crianza. Esto es lo que se denomina castigo físico y es lo que quedará prohibido a partir de esta nueva ley, que para entrar en vigencia debe ser sancionada por el presidente Iván Duque. 

Gloria Carvalho, Secretaria Ejecutiva de la Alianza por la Niñez Colombiana, dijo que con esta ley, «Colombia se está poniendo al día con sus obligaciones contraídas como suscriptor de la Convención de los Derechos del Niño. El proyecto tiene una finalidad pedagógica, persuasiva y alternativa, a través de la promoción de prácticas de crianza sin violencia, amorosas y respetuosas con los derechos fundamentales de la niñez. Esto quiere decir que no se crean nuevas sanciones o multas sino que busca que se incentiven estrategias para la crianza libre de violencia. 


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