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En Colombia

El Ministerio de Salud dio a conocer protocolos para cines y teatros

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Por medio de la resolución 1746, el Ministerio de Salud reveló las medidas de bioseguridad para la prevención de la transmisión del covid-19 en salas de cine, teatros, autocines y autoeventos, que se deben tener en cuenta tanto por asistentes como por trabajadores y empresas, y de esta forma poder abrir después de siete meses.

Los cines y teatros, al ser espacios cerrados son considerados por las autoridades sanitarios de alto riesgo para la propagación del COVID-19, por lo que se han establecido medidas especiales para garantizar la seguridad de los ciudadanos que asistan a estos lugares.

Entre las disposiciones está el correcto distanciamiento entre las sillas, ya sea para personas individuales o grupos de familia que asistan a las salas, por otro lado se autorizó la venta de alimentos conservando la distancia de dos metros y cuidando todos los protocolos para que el producto no esté expuesto.

En el caso de los autocines, la venta de comida se hará directamente en la boletería y será entregada en cada vehículo, también se aclara que el consumo de bebidas embriagantes está prohibido. Se hace especial énfasis, en que todas las zonas deben ser debidamente desinfectadas y garantizando todos los elementos de higiene tanto para los usuarios como los empleados.


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