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En Colombia

Quitan visa para colombianos que van de turismo al Reino Unido

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Pese a que aún no se conocen detalles específicos de la medida, es un buen anuncio para el país, pues los colombianos que deseen viajar al Reino Unido podrán cumplir con compromisos turísticos que tengan en Reino Unido, compuesto por Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte.

Este martes 18 de octubre se tiene programada una rueda de prensa con el embajador británico en Colombia, George Hodgson, en la residencia que tiene en Bogotá. El diplomático dará un importante anuncio en la relación bilateral que se tiene entre Colombia y el Reino Unido.

El encargado de dar la noticia fue el presidente Gustavo Petro a través de Twitter: “Agradezco al Reino Unido por su decisión de quitar la exigencia de Visa de turismo a los visitantes colombianos”, escribió el jefe de Estado.

Hay que tener en cuenta que para tomar este tipo de decisiones es necesario el visto bueno del parlamento británico, que es la máxima autoridad en el Reino Unido al anunciar medidas con respecto a los países con los que se tienen buenas relaciones diplomáticas, como lo es Colombia.

La eliminación de la visa ‘schengen’ para colombianos se retiró hace algunos años; sin embargo, Reino Unido fue uno de los estados que no había quitado dicho requisito, sino hasta este lunes festivo 17 de octubre.

De esta manera, y al igual que los países que no exigen este documento, los ciudadanos colombianos podrán hacer visitas de corta estadía con fines de turismo y no de trabajo, sin necesidad de una visa y por un tiempo de 90 días, continuos o no, dentro de un plazo máximo de 180 días.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que ninguna exención de visado de corta estadía otorga un derecho automática de entrada y estancia, pues los países tienen la potestad para decidir, caso a caso, si admiten o no a un ciudadano extranjero en su territorio. En consecuencia, un turista colombiano también podría ser no aceptado. 

Requisitos

  • Pasaporte válido y vigente.
  • Tiquetes aéreos de ida y vuelta.
  • Justificación del viaje previsto.
  • Comprobación de medios de subsistencia tanto para la permanencia en los países miembro como para el regreso.
  • No estar reportado en el sistema de alertas de inadmisión emitidas por el Sistema de Información Shengen.
  • No ser considerado una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de cualquiera de los estados miembro.

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