Conecte con nosotros
Banner entérate

En Colombia

Precios actualizados con nueva ley del presidente Petro

Publicado

en

Comparta este artículo

La situación militar en Colombia es uno de los procesos más engorrosos para muchos jóvenes, pues puede tardar varios meses e incluso hay quienes tienen el temor de ir a las filas del Ejército Nacional. 

Sin embargo, el presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2341 de 2023, con la cual estableció algunos cambios en el proceso para solicitar la libreta militar. En la misma se establecen algunas disposiciones especiales para resolver la situación militar de mayores de 24 años y de los estudiantes universitarios. 

La Ley explica que, «todo mayor de veinticuatro (24) años o estudiante universitario que se encuentre cursando una carrera profesional universitaria y haya superado cinco (5) semestres de educación superior universitaria, sin distingo de la condición en la que se encuentre, podrá solicitar la definición de su situación militar».

Para esto debe cumplir con los siguientes requisitos

a) Tener al menos veinticuatro (24) años al momento de presentar la solicitud o haber completado más de cinco (5) semestres de carrera universitaria.

b) Presentar la solicitud correspondiente, ya sea a través de la página web designada o de manera presencial en cualquier distrito militar.

c) Abonar la cuota única de compensa n militar para individuos mayores de veinticuatro (24) años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de esta legislación.

d) Presentar una certificación de la universidad que confirme la matriculación en una carrera profesional y la culminación de al menos cinco (5) semestres, en caso de ser aplicable.

 designada o de manera presencial en cualquier distrito militar.

c) Abonar la cuota única de compensación militar para individuos mayores de veinticuatro (24) años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de esta legislación.

d) Presentar una certificación de la universidad que confirme la matriculación en una carrera profesional y la culminación de al menos cinco (5) semestres, en caso de ser aplicable.

  1. Personas que no tengan ingresos económicos mensuales: (5%) de un SMLMV: $58.000
  2. Personas que tengan ingresos inferiores a 2 SMLMV: 15% de un SMLMV: $174.000
  3. Personas que tengan ingresos mensuales entre 2 SMLMV y 4 SMLMV: 25% de un SMLMV: $290.000
  4. Personas que tengan ingresos mensuales superiores a 4 SMLMV: el 50% de un SMLMV: $580.000


Comparta este artículo