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En Colombia

Rodolfo Hernández y la multa que tendrá que pagar por insultar a un ciudadano

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El excandidato presidencial Rodolfo Hernández se ha caracterizado por su fuerte carácter, que en varias ocasiones lo hacen caer en polémicas en las que incluso llega a insultar y ser grosero con sus interlocutores.

Precisamente, esta semana la Procuraduría le impuso una fuerte sanción a Hernández por uno de esos episodios de ira e insultos que tuvo cuando fue alcalde de Bucaramanga.

La Procuraduría confirmó la sanción impuesta a Rodolfo Hernández, que fue alcalde entre 2016 y 2019,  y le impuso una suspensión e inhabilidad especial de cuatro meses, al hallarlo responsable de tratar en términos irrespetuosos y desobligantes a un veedor ciudadano, durante una actividad pública realizada en el parque Solón Wilches, en la capital de Santander. 

La polémica en mención la protagonizó en 2018 cuando increpó a un ciudadano crítico de su gobierno. El entonces Alcalde afirmó en tono fuerte: “yo sé que usted es un ‘lavaculos’ de la politiquería. Es un ‘lava perros’ de la politiquería, de los ladrones que robaron a Bucaramanga. El insulto se produjo cuando el hombre denunciaba la tala de un árbol en el parque Solón Wilches.

En fallo de segunda instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular señaló que no hay ninguna duda sobre las palabras usadas por el entonces alcalde contra el veedor Fernando Martínez Arenas, al responderle un reclamo por la poda de árboles que adelantaban funcionarios de la Empresa Municipal de Aseo en ese espacio, el 26 de octubre de 2018. 

Para el Ministerio Público, el procesado tenía el deber de tratar con respeto a la ciudadanía, pues es un requisito que resulta especialmente exigible a los servidores públicos, “en virtud del principio de responsabilidad contemplado en nuestra Constitución y porque se encuentran al servicio del Estado y la comunidad”, precisó.

Resaltó que cualquier persona puede dirigirse a la autoridad para pedir, controlar y controvertir las decisiones por ellos adoptadas, y estas tienen el deber de resolver con respeto esas peticiones, sin recurrir a dinámicas como la de atentar contra la dignidad, insultar o menospreciar. 

El órgano de control señaló que, además, el “disciplinable era consciente de que no tratar con respeto a otros con ocasión al servicio constituye falta disciplinaria, al punto que ha estado vinculado a otras investigaciones por situaciones fácticas similares”. 


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