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Corte Constitucional despenalizó el aborto en Colombia

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En una decisión histórica, la Sala Plena de la Corte Constitucional despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación.

​La decisión tiene efectos inmediatos y se tomó con votación 5-4, con presencia del conjuez Julio Andrés Ossa, al estudiar una demanda que presentó el movimiento Causa Justa, compuesto para varias organizaciones de mujeres y que pedía eliminar el delito por completo del Código Penal.

Esta decisión implica que de ahora adelante en Colombia, habrá un modelo mixto para realizar una IVE: será libre y legal hasta los seis meses de gestación. Y, luego de ese tiempo, seguirán vigentes las causales que regían desde 2006 que permiten hacer un aborto cuando el embarazo es un riesgo para la salud física o mental de la mujer, abuso sexual y malformación del feto incompatible con la vida.

La decisión precisa que bajo ninguna circunstancia será posible exigir un número de semanas para cuando se trate de abortos en las tres causales legales. 

Además, exhorta al Congreso y al Gobierno Nacional, para que, «sin perjuicio del cumplimiento inmediato de esta sentencia y, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral –incluidas las medidas legislativas y administrativas que se requiera, según el caso».

Lo anterior, para evitar que existan «amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes» y para que, a su vez, «proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar tales garantías».

En Colombia, desde 2006 el aborto sólo estaba permitido y era considerado un derecho en tres causales:

  • Cuando el embarazo es un riesgo para la salud física o mental de la mujer.
  • Abuso sexual.
  • Malformación del feto incompatible con la vida.

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