En Colombia
La primera jornada del día sin IVA de este 2021 será este jueves 28 de octubre.
Este jueves 28 de octubre será el primer día sin IVA que tendrá el país en este 2021. Los otros dos son el 19 de noviembre y el 3 de diciembre. El decreto para estas jornadas ya está listo, las reglas para los comerciantes y consumidores también y los productos están esperando para ser vendidos.
Es importante tener claro cuáles sí y cuáles no tienen descuento estos días, solo son artículos de 7 categorías son los que se pueden comprar sin IVA: vestuarios y complementos; electrodomésticos, computadores y equipos de telecomunicaciones; implementos deportivos; juguetes y juegos; útiles escolares; y bienes e insumos para el sector agropecuario.
Recuerde que las compras las puede hacer con tarjetas y con efectivo, y es necesaria la factura electrónica para validar la exención.
LOS PRODUCTOS
1. Vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 20 UVT (726.160 pesos). Abarca cualquier pieza de vestido o calzado.
2. Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 20 UVT (726.160 pesos). Incluye morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas en general (para Sol y recetados), paraguas, pañoletas y bisutería.
3. Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 80 UVT (2’904.640 pesos). Este grupo de artículos comprende los que son de uso en casa, como televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, estufas y electrodomésticos que empleen cualquier tipo de gas y energía solar, máquinas de lavar y secar para el hogar, aspiradoras, enceradoras de piso, trituradores eléctricos de desperdicios, aparatos eléctricos para preparar y elaborar alimentos, máquinas de afeitar, hornos, planchas y cafeteras, computadores personales y equipos de comunicaciones.
4. Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 80 UVT (2’904.640 pesos). Aquí se tienen en cuenta pelotas de caucho, bolas, balones, raquetas, bates, mazos, gafas de natación, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores de manos, codos y espinillas, manillas, guantes de béisbol y sóftbol, guantes de boxeo y zapatos especializados para la práctica de deportes. Esta categoría incluye bicicletas y bicicletas eléctricas.
5. Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 10 UVT (363.308 pesos). El proyecto los define como los objetos para entretener y divertir a las personas, especialmente niños(as), e incluyen únicamente las muñecas, los muñecos que representen personajes, los animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos, trenes eléctricos, sets de construcción, juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos, rompecabezas y canicas, patinetas y patinetas eléctricas.
Esta categoría no incluye artículos de fiesta, carnavales y artículos recreativos, programas informáticos ni softwares.
6. Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 5 UVT (181.540 pesos). Se refieren a cuadernos, software educativo, lápices, esferos, borradores, tajalápices, correctores, plastilina, pegantes y tijeras.
7. Bienes e insumos para el sector agropecuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 80 UVT (2’904.640 pesos). La iniciativa específica que corresponde únicamente las semillas y frutos para la siembra, los abonos de origen animal, vegetal, mineral y/o químicos, insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, sistemas de riego, aspersores y goteros para sistemas de riego, guadañadoras, cosechadoras, trilladoras, partes de máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, concentrados y/o medicamentos para animales, alambres de púas y cercas.