En Colombia
Corte tumba alivios de los contribuyentes y deudores de multas
El artículo séptimo de la Ley 678 de 2020 de la emergencia económica y social fue tumbado por la Corte Constitucional siendo el argumento principal que en esta época de pandemia el Estado necesita generar mayor liquidez monetaria.
Lo establecido por la corte es que hasta el 31 de octubre se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones, entre el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre 2020 se paga el 90% sin ninguna sanción o intereses y finalmente y entre el 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021 se pagará 100% del capital sin intereses ni sanciones.
Por otro lado, los alcaldes y gobernadores no podrán diferir el pago de las obligaciones tributarias de los contribuyentes bajo el argumento de la emergencia económica y social en el marco de la pandemia.